SII notifica obligatoriamente por correo electrónico desde mayo 2025
Las modificaciones a los artículos 9 y 11 del Código Tributario, introducidas por la Ley 21.713, entraron en vigencia el 1 de mayo de 2025. El artículo 11 modificado dispone que las notificaciones que el SII deba practicar se realizarán por correo electrónico a la dirección que el contribuyente haya señalado en su sitio personal.
Esta es una de las principales modernizaciones de la administración tributaria. Antes, las notificaciones del SII se hacían por carta certificada en el domicilio registrado del contribuyente, lo que generaba demoras y problemas cuando el contribuyente cambiaba de dirección sin informar.
Para implementarlo, los contribuyentes pudieron modificar la cuenta de correos registrada en su sitio personal o presentar una solicitud para acreditar que se encuentran en alguna de las situaciones que los excluyen de la notificación electrónica.
Es fundamental mantener actualizada y verificada la dirección de correo electrónico en MiSII. Si el correo no está actualizado, las notificaciones del SII se entenderán igualmente válidas, lo que puede generar problemas como pérdida de plazos para responder fiscalizaciones, recursos o pagar impuestos.
Ignacio Tardón Fuica
Contador Auditor · Fundador de Kubo Contable
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