Calculadora · Honorarios
Boleta de honorarios 2026: calcula el líquido y el bruto
En 2026 la retención es de 15,25 %. Calcula cuánto recibes por una boleta, o por cuánto emitirla para recibir el monto que necesitas. También puedes ver otros años.
En esta página
Guía
Cómo se calcula una boleta de honorarios
Una boleta de honorarios tiene tres montos: el bruto, que es el valor del servicio; la retención, un porcentaje del bruto que se paga al SII a cuenta de tus impuestos y cotizaciones; y el líquido, que es lo que efectivamente recibes.
Retención = Bruto × 15,25 % · Líquido = Bruto − Retención
Boleta de $350.000 brutos en 2026
- Bruto de la boleta
- $350.000
- Retención (15,25 %)
- − $53.375
- Líquido que recibes
- $296.625
Del líquido al bruto
Si acordaste recibir un monto líquido, la boleta se emite por un bruto mayor. Se divide el líquido por 0,8475 (es decir, 1 − 0,1525) y se ajusta al peso:
Bruto = Líquido ÷ 0,8475
Para recibir $400.000 líquidos en 2026
- Líquido que quieres recibir
- $400.000
- Bruto de la boleta (÷ 0,8475)
- $471.976
- Retención (15,25 %)
- − $71.976
- Líquido que recibes
- $400.000
Un error frecuente es calcular el bruto sumándole el 15,25 % al líquido: con $400.000 más 15,25 %, la boleta quedaría en $461.000 y recibirías solo $390.697.
Tablas 2026: del bruto al líquido y al revés
Montos frecuentes, ya calculados. Si el tuyo no está, escríbelo arriba.
| Bruto de la boleta | Retención | Líquido |
|---|---|---|
| $50.000 | $7.625 | $42.375 |
| $100.000 | $15.250 | $84.750 |
| $200.000 | $30.500 | $169.500 |
| $300.000 | $45.750 | $254.250 |
| $400.000 | $61.000 | $339.000 |
| $500.000 | $76.250 | $423.750 |
| $750.000 | $114.375 | $635.625 |
| $1.000.000 | $152.500 | $847.500 |
| $1.500.000 | $228.750 | $1.271.250 |
| $2.000.000 | $305.000 | $1.695.000 |
| $3.000.000 | $457.500 | $2.542.500 |
| Líquido que quieres recibir | Bruto de la boleta | Retención |
|---|---|---|
| $100.000 | $117.994 | $17.994 |
| $200.000 | $235.988 | $35.988 |
| $300.000 | $353.982 | $53.982 |
| $400.000 | $471.976 | $71.976 |
| $500.000 | $589.970 | $89.970 |
| $750.000 | $884.956 | $134.956 |
| $1.000.000 | $1.179.941 | $179.941 |
| $1.500.000 | $1.769.911 | $269.911 |
| $2.000.000 | $2.359.882 | $359.882 |
Retención por año: de 10 % a 17 %
La retención sube cada año desde 2019 por la Ley 21.133, que incorporó a quienes emiten boletas de honorarios a la seguridad social. La tasa que corresponde es la del año en que se emite la boleta.
| Año | Retención | Por $1.000.000 brutos se retiene | Recibes |
|---|---|---|---|
| 2019 | 10 % | $100.000 | $900.000 |
| 2020 | 10,75 % | $107.500 | $892.500 |
| 2021 | 11,5 % | $115.000 | $885.000 |
| 2022 | 12,25 % | $122.500 | $877.500 |
| 2023 | 13 % | $130.000 | $870.000 |
| 2024 | 13,75 % | $137.500 | $862.500 |
| 2025 | 14,5 % | $145.000 | $855.000 |
| 2026 (este año) | 15,25 % | $152.500 | $847.500 |
| 2027 | 16 % | $160.000 | $840.000 |
| 2028 | 17 % | $170.000 | $830.000 |
Fuente: SII, calendario de la Ley 21.133.
En la calculadora puedes elegir el año de la boleta, por ejemplo para cotizar un trabajo que vas a boletear el próximo año.
¿Quién paga la retención: tu cliente o tú?
Depende de a quién le emites la boleta:
- A una empresa u otro contribuyente obligado a retener (por ejemplo, una sociedad o un negocio que lleva contabilidad): tu cliente te paga el líquido y declara y paga la retención en su propio F29.
- A una persona que no está obligada a retener: tu cliente te paga el bruto completo y tú debes pagar ese mismo porcentaje como pago provisional mensual (PPM) en tu F29 del mes siguiente.
Al emitir la boleta electrónica, el sistema del SII te pregunta quién hace la retención: el receptor (tu cliente) o el contribuyente (tú). Elegir bien evita que la retención se pague dos veces o que quede sin pagar.
Para la empresa que contrata, el costo de una boleta es su monto bruto: le paga el líquido a la persona y la retención al SII. Por eso, al cotizar un servicio a honorarios, conviene dejar claro desde el principio si el monto acordado es bruto o líquido.
Qué pasa con lo retenido: la Operación Renta
Lo retenido durante el año no se pierde. En abril, en tu declaración anual de renta (Formulario 22), esas retenciones se usan en este orden:
- Pagan tus cotizaciones previsionales obligatorias: pensión, salud, seguro de invalidez y sobrevivencia, accidentes del trabajo y el seguro SANNA. Se calculan sobre el 80 % de tus honorarios brutos del año.
- Pagan tu impuesto a la renta (Global Complementario), si corresponde.
- Si sobra, el SII te devuelve la diferencia. Si falta, pagas lo que quede.
Si en el año boleteaste menos de 5 ingresos mínimos mensuales, no estás obligado a cotizar. La retención se aplica igual al emitir cada boleta, y en la Operación Renta se usa para tu impuesto o se te devuelve.
Cómo emitir una boleta de honorarios electrónica
Para emitir boletas necesitas haber hecho el inicio de actividades en segunda categoría en el SII. Después:
- Entra a sii.cl con tu RUT y tu clave tributaria.
- Ve a «Servicios online», luego a «Boletas de honorarios electrónicas» y elige la opción para emitir una boleta.
- Completa los datos de tu cliente (RUT, nombre y domicilio), la descripción del servicio y el monto bruto.
- Indica quién hace la retención: tu cliente o tú.
- Revisa los datos y emite. Puedes descargar la boleta o enviarla por correo a tu cliente.
Si te equivocaste, la boleta se puede anular en el mismo sitio. Si tu cliente ya la pagó o ya declaró la retención, coordínalo antes con él.
Boleta de prestación de servicios de terceros
Cuando una persona presta un servicio y no tiene inicio de actividades, la empresa que la contrata puede emitir por ella una boleta de prestación de servicios de terceros. La emite la empresa en sii.cl, retiene el mismo porcentaje que una boleta de honorarios y lo paga en su F29. La retención queda a nombre de la persona y se considera en su Operación Renta, igual que la de una boleta de honorarios.
¿Honorarios o contrato de trabajo?
Emitir boletas no es lo mismo que tener contrato. La diferencia no está en el papel, sino en cómo se trabaja: si hay jefe, horario y obligación de seguir instrucciones (subordinación y dependencia), la ley considera que existe un contrato de trabajo, aunque se pague con boleta.
| Boleta de honorarios | Contrato de trabajo | |
|---|---|---|
| Cómo se trabaja | Con autonomía, por un servicio o encargo | Con subordinación y dependencia |
| Descuento mensual | Retención de 15,25 % | AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto único |
| Cotizaciones | Se pagan en la Operación Renta, con lo retenido | Las descuenta y paga el empleador cada mes |
| Vacaciones | No por ley | Sí, feriado legal |
| Seguro de cesantía | No | Sí |
| Gratificación | No | Sí, con las reglas del Código del Trabajo |
| Indemnización por despido | No | Sí, según la causal y los años de servicio |
Para comparar en números, calcula un sueldo en la calculadora de sueldo líquido.
Fórmulas para Excel y Google Sheets
| Para calcular… | Fórmula |
|---|---|
| La retención | =REDONDEAR(A2*15,25%;0) |
| El líquido desde el bruto | =A2-REDONDEAR(A2*15,25%;0) |
| El bruto para recibir un líquido | =REDONDEAR.MAS(A2/(1-15,25%);0) |
Glosario de las boletas de honorarios
- Bruto
- El valor total del servicio, que es el monto que dice la boleta.
- Retención
- El porcentaje del bruto (15,25 % en 2026) que se paga al SII a cuenta de tus impuestos y cotizaciones.
- Líquido
- Lo que recibes después de la retención.
- Boleta de honorarios electrónica
- El documento que emite en sii.cl quien presta servicios profesionales o personales de forma independiente.
- Boleta de terceros
- La boleta de prestación de servicios de terceros, que emite una empresa por una persona sin inicio de actividades.
- PPM
- Pago provisional mensual. Si tu cliente no retiene, tú pagas la retención como PPM en tu F29.
- Segunda categoría
- La categoría tributaria de las rentas del trabajo: sueldos y honorarios. Para boletear, el inicio de actividades se hace en segunda categoría.
- Operación Renta
- La declaración anual de impuestos (Formulario 22) que se presenta en abril, donde se usan las retenciones del año.
- Global Complementario
- El impuesto anual a la renta de las personas, que se calcula en la Operación Renta.
Del blog
Para profundizar
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Valores y fuentes
| Retención 2025 | 14,5 % |
|---|---|
| Retención 2026 | 15,25 % |
| Retención 2027 | 16 % |
| Retención 2028 | 17 % |
| Base de las cotizaciones | 80 % de los honorarios brutos del año |
| IVA | No aplica (la tasa general de 19 % no grava los honorarios) |
| Fuente | SII · Ley 21.133 |
| Revisamos estos valores cada enero, cuando cambia la tasa. | |
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Cuánto se retiene en una boleta de honorarios en 2026?
¿Cuánto será la retención en los próximos años?
¿Cómo calculo el líquido de mi boleta?
¿Por cuánto emito la boleta para recibir un monto exacto?
¿Quién paga la retención?
¿Me devuelven la plata retenida?
¿Estoy obligado a cotizar si emito boletas?
¿Qué cubren las cotizaciones de quienes boletean?
¿Las boletas de honorarios llevan IVA?
¿Qué tasa de retención corresponde a una boleta?
¿Qué es una boleta de prestación de servicios de terceros?
¿Necesito iniciar actividades para emitir boletas?
¿Puedo anular una boleta de honorarios?
¿Conviene más boletear o tener contrato?
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