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Calculadora · Honorarios

Boleta de honorarios 2026: calcula el líquido y el bruto

En 2026 la retención es de 15,25 %. Calcula cuánto recibes por una boleta, o por cuánto emitirla para recibir el monto que necesitas. También puedes ver otros años.

Valores vigentes: octubre 2026Revisado el 5 de octubre de 2026

Ingresa el monto

¿Qué quieres calcular?
Año de la boleta

Retención 2026: 15,25 % (Ley 21.133).

En esta página
  1. Cómo se calcula
  2. Tablas 2026
  3. Retención por año
  4. ¿Quién paga la retención?
  5. Qué pasa con lo retenido
  6. Cómo emitir una boleta
  7. Boleta de terceros
  8. ¿Honorarios o contrato?
  9. Fórmulas para Excel
  10. Glosario
  11. Notas relacionadas
  12. Valores y fuentes
  13. Preguntas frecuentes

Guía

Cómo se calcula una boleta de honorarios

Una boleta de honorarios tiene tres montos: el bruto, que es el valor del servicio; la retención, un porcentaje del bruto que se paga al SII a cuenta de tus impuestos y cotizaciones; y el líquido, que es lo que efectivamente recibes.

Retención = Bruto × 15,25 % · Líquido = Bruto − Retención

Boleta de $350.000 brutos en 2026

Bruto de la boleta
$350.000
Retención (15,25 %)
− $53.375
Líquido que recibes
$296.625

Del líquido al bruto

Si acordaste recibir un monto líquido, la boleta se emite por un bruto mayor. Se divide el líquido por 0,8475 (es decir, 1 − 0,1525) y se ajusta al peso:

Bruto = Líquido ÷ 0,8475

Para recibir $400.000 líquidos en 2026

Líquido que quieres recibir
$400.000
Bruto de la boleta (÷ 0,8475)
$471.976
Retención (15,25 %)
− $71.976
Líquido que recibes
$400.000

Un error frecuente es calcular el bruto sumándole el 15,25 % al líquido: con $400.000 más 15,25 %, la boleta quedaría en $461.000 y recibirías solo $390.697.

Tablas 2026: del bruto al líquido y al revés

Montos frecuentes, ya calculados. Si el tuyo no está, escríbelo arriba.

Del bruto al líquido (retención 2026: 15,25 %)
Bruto de la boletaRetenciónLíquido
$50.000$7.625$42.375
$100.000$15.250$84.750
$200.000$30.500$169.500
$300.000$45.750$254.250
$400.000$61.000$339.000
$500.000$76.250$423.750
$750.000$114.375$635.625
$1.000.000$152.500$847.500
$1.500.000$228.750$1.271.250
$2.000.000$305.000$1.695.000
$3.000.000$457.500$2.542.500
Del líquido al bruto (retención 2026: 15,25 %)
Líquido que quieres recibirBruto de la boletaRetención
$100.000$117.994$17.994
$200.000$235.988$35.988
$300.000$353.982$53.982
$400.000$471.976$71.976
$500.000$589.970$89.970
$750.000$884.956$134.956
$1.000.000$1.179.941$179.941
$1.500.000$1.769.911$269.911
$2.000.000$2.359.882$359.882

Retención por año: de 10 % a 17 %

La retención sube cada año desde 2019 por la Ley 21.133, que incorporó a quienes emiten boletas de honorarios a la seguridad social. La tasa que corresponde es la del año en que se emite la boleta.

Retención de las boletas de honorarios por año
AñoRetenciónPor $1.000.000 brutos se retieneRecibes
201910 %$100.000$900.000
202010,75 %$107.500$892.500
202111,5 %$115.000$885.000
202212,25 %$122.500$877.500
202313 %$130.000$870.000
202413,75 %$137.500$862.500
202514,5 %$145.000$855.000
2026 (este año)15,25 %$152.500$847.500
202716 %$160.000$840.000
202817 %$170.000$830.000

Fuente: SII, calendario de la Ley 21.133.

En la calculadora puedes elegir el año de la boleta, por ejemplo para cotizar un trabajo que vas a boletear el próximo año.

¿Quién paga la retención: tu cliente o tú?

Depende de a quién le emites la boleta:

  • A una empresa u otro contribuyente obligado a retener (por ejemplo, una sociedad o un negocio que lleva contabilidad): tu cliente te paga el líquido y declara y paga la retención en su propio F29.
  • A una persona que no está obligada a retener: tu cliente te paga el bruto completo y tú debes pagar ese mismo porcentaje como pago provisional mensual (PPM) en tu F29 del mes siguiente.

Al emitir la boleta electrónica, el sistema del SII te pregunta quién hace la retención: el receptor (tu cliente) o el contribuyente (tú). Elegir bien evita que la retención se pague dos veces o que quede sin pagar.

Si te toca pagarla a ti, no te gastes todo lo que recibes: aparta el porcentaje de la retención para el F29 del mes siguiente.

Para la empresa que contrata, el costo de una boleta es su monto bruto: le paga el líquido a la persona y la retención al SII. Por eso, al cotizar un servicio a honorarios, conviene dejar claro desde el principio si el monto acordado es bruto o líquido.

Qué pasa con lo retenido: la Operación Renta

Lo retenido durante el año no se pierde. En abril, en tu declaración anual de renta (Formulario 22), esas retenciones se usan en este orden:

  1. Pagan tus cotizaciones previsionales obligatorias: pensión, salud, seguro de invalidez y sobrevivencia, accidentes del trabajo y el seguro SANNA. Se calculan sobre el 80 % de tus honorarios brutos del año.
  2. Pagan tu impuesto a la renta (Global Complementario), si corresponde.
  3. Si sobra, el SII te devuelve la diferencia. Si falta, pagas lo que quede.

Si en el año boleteaste menos de 5 ingresos mínimos mensuales, no estás obligado a cotizar. La retención se aplica igual al emitir cada boleta, y en la Operación Renta se usa para tu impuesto o se te devuelve.

¿Tienes dudas sobre tu caso o sobre cuánto te devolverían? Escríbenos y lo vemos contigo.

Cómo emitir una boleta de honorarios electrónica

Para emitir boletas necesitas haber hecho el inicio de actividades en segunda categoría en el SII. Después:

  1. Entra a sii.cl con tu RUT y tu clave tributaria.
  2. Ve a «Servicios online», luego a «Boletas de honorarios electrónicas» y elige la opción para emitir una boleta.
  3. Completa los datos de tu cliente (RUT, nombre y domicilio), la descripción del servicio y el monto bruto.
  4. Indica quién hace la retención: tu cliente o tú.
  5. Revisa los datos y emite. Puedes descargar la boleta o enviarla por correo a tu cliente.

Si te equivocaste, la boleta se puede anular en el mismo sitio. Si tu cliente ya la pagó o ya declaró la retención, coordínalo antes con él.

Boleta de prestación de servicios de terceros

Cuando una persona presta un servicio y no tiene inicio de actividades, la empresa que la contrata puede emitir por ella una boleta de prestación de servicios de terceros. La emite la empresa en sii.cl, retiene el mismo porcentaje que una boleta de honorarios y lo paga en su F29. La retención queda a nombre de la persona y se considera en su Operación Renta, igual que la de una boleta de honorarios.

¿Honorarios o contrato de trabajo?

Emitir boletas no es lo mismo que tener contrato. La diferencia no está en el papel, sino en cómo se trabaja: si hay jefe, horario y obligación de seguir instrucciones (subordinación y dependencia), la ley considera que existe un contrato de trabajo, aunque se pague con boleta.

Diferencias principales
Boleta de honorariosContrato de trabajo
Cómo se trabajaCon autonomía, por un servicio o encargoCon subordinación y dependencia
Descuento mensualRetención de 15,25 %AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto único
CotizacionesSe pagan en la Operación Renta, con lo retenidoLas descuenta y paga el empleador cada mes
VacacionesNo por leySí, feriado legal
Seguro de cesantíaNoSí
GratificaciónNoSí, con las reglas del Código del Trabajo
Indemnización por despidoNoSí, según la causal y los años de servicio

Para comparar en números, calcula un sueldo en la calculadora de sueldo líquido.

Fórmulas para Excel y Google Sheets

Fórmulas con el monto en A2
Para calcular…Fórmula
La retención=REDONDEAR(A2*15,25%;0)
El líquido desde el bruto=A2-REDONDEAR(A2*15,25%;0)
El bruto para recibir un líquido=REDONDEAR.MAS(A2/(1-15,25%);0)
La última fórmula redondea hacia arriba, así que el líquido puede quedar $1 por encima de lo pedido. Para otro año, cambia 15,25 % por la tasa que corresponda.

Glosario de las boletas de honorarios

Bruto
El valor total del servicio, que es el monto que dice la boleta.
Retención
El porcentaje del bruto (15,25 % en 2026) que se paga al SII a cuenta de tus impuestos y cotizaciones.
Líquido
Lo que recibes después de la retención.
Boleta de honorarios electrónica
El documento que emite en sii.cl quien presta servicios profesionales o personales de forma independiente.
Boleta de terceros
La boleta de prestación de servicios de terceros, que emite una empresa por una persona sin inicio de actividades.
PPM
Pago provisional mensual. Si tu cliente no retiene, tú pagas la retención como PPM en tu F29.
Segunda categoría
La categoría tributaria de las rentas del trabajo: sueldos y honorarios. Para boletear, el inicio de actividades se hace en segunda categoría.
Operación Renta
La declaración anual de impuestos (Formulario 22) que se presenta en abril, donde se usan las retenciones del año.
Global Complementario
El impuesto anual a la renta de las personas, que se calcula en la Operación Renta.

Del blog

Para profundizar

Valores y fuentes

Valores que usamos
Retención 202514,5 %
Retención 202615,25 %
Retención 202716 %
Retención 202817 %
Base de las cotizaciones80 % de los honorarios brutos del año
IVANo aplica (la tasa general de 19 % no grava los honorarios)
FuenteSII · Ley 21.133
Revisamos estos valores cada enero, cuando cambia la tasa.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Cuánto se retiene en una boleta de honorarios en 2026?
El 15,25 % del monto bruto. Por ejemplo, de una boleta de $100.000 se retienen $15.250 y recibes $84.750.
¿Cuánto será la retención en los próximos años?
Sigue subiendo según la Ley 21.133: 16 % en 2027 y 17 % en 2028. Desde 2028 queda fija.
¿Cómo calculo el líquido de mi boleta?
Multiplica el bruto por 0,8475 (en 2026). O escribe el monto en la calculadora, que además te muestra la retención.
¿Por cuánto emito la boleta para recibir un monto exacto?
Divide el líquido que quieres por 0,8475 (en 2026). Para recibir $500.000 líquidos, la boleta debe ser de $589.970.
¿Quién paga la retención?
Si le emites la boleta a una empresa u otro contribuyente obligado a retener, la paga tu cliente: te transfiere el líquido y entera la retención en su F29. Si se la emites a una persona que no retiene, la pagas tú como pago provisional mensual (PPM) en tu F29.
¿Me devuelven la plata retenida?
Se usa en la Operación Renta de abril: primero paga tus cotizaciones previsionales y después tu impuesto a la renta. Si sobra, el SII te devuelve la diferencia; si falta, pagas lo que quede.
¿Estoy obligado a cotizar si emito boletas?
Sí, si en el año boleteaste 5 ingresos mínimos mensuales o más. Las cotizaciones se calculan sobre el 80 % de tus honorarios brutos del año y se pagan con lo retenido.
¿Qué cubren las cotizaciones de quienes boletean?
Pensión, salud (Fonasa o Isapre), seguro de invalidez y sobrevivencia, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y el seguro para el acompañamiento de niños y niñas (SANNA).
¿Las boletas de honorarios llevan IVA?
No. Los servicios profesionales que se cobran con boleta de honorarios no están afectos a IVA; tienen retención de impuesto, pero no IVA.
¿Qué tasa de retención corresponde a una boleta?
La del año en que se emite la boleta. Una boleta emitida en enero por un trabajo de diciembre lleva la tasa del nuevo año.
¿Qué es una boleta de prestación de servicios de terceros?
Es la boleta que emite una empresa por una persona que le prestó un servicio y no tiene inicio de actividades. Tiene la misma retención que una boleta de honorarios.
¿Necesito iniciar actividades para emitir boletas?
Sí, en segunda categoría, en sii.cl. Si todavía no lo has hecho, la empresa que te contrata puede emitir por ti una boleta de prestación de servicios de terceros.
¿Puedo anular una boleta de honorarios?
Sí, en el mismo sitio del SII donde la emitiste. Si tu cliente ya la pagó o ya declaró la retención, coordínalo antes con él para no generar diferencias.
¿Conviene más boletear o tener contrato?
Depende de cómo se trabaja. Con contrato tienes vacaciones, seguro de cesantía y gratificación; con boleta tienes autonomía, pero tú te haces cargo de tu previsión. Si hay jefe, horario y subordinación, la ley considera que corresponde un contrato de trabajo.

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